viernes, 12 de junio de 2009

LA COLUMNA DE VIVEROS

Bours evadido

Por Luis Alberto Viveros

HERMOSILLO.-
El gobernador Eduardo Bours ordenó antier un operativo para procurar que los medios responsabilicen al ayuntamiento de Hermosillo por las negligencias en la tragedia de la guardería ABC.
Inmediatamente vimos en distintos espacios de noticias lo mismo en Sonora que en la capital de la república, los efectos de ese operativo.
Personalmente atestigué la noche de este miércoles como Joaquín López Dóriga en El Noticiero, hacía trizas al titular de protección civil municipal de Hermosillo, Roberto Copado.
Exhibió papeles donde se daba visto bueno a la guardería para operar.
Luego en el programa Tercer Grado el mismo López Dóriga, Leopoldo Gómez y Ciro Gómez Leyva insistían curiosamente en la responsabilidad de las autoridades locales de Hermosillo.
Alguien por ahí terció, creo que Carlos Marín, e intentó decir que estaba obvia la responsabilidad jurídica de los dueños de la guardería, todos ellos ligados a la administración Bours, quienes gozan de plena libertad hasta el momento.
Sin embargo la observación del director del periódico Milenio fue apenas tomada en cuenta, cuando de nuevo se arremetió contra la administración de Ernesto Gándara Camou.
Hace un par de días, comentamos en esta columna cómo la responsabilidad de operación de bodegas y construcciones ocn más de 1,500 metros de extensión era responsabilidad de Protección Civil Estatal.
Están protegiendo también a Wilebaldo Alatriste sobre quién la Asociación Estatal de Maquiladoras presentó quejas por la actitud recaudatoria que asumió con la reforma a la ley estatal de Protección Civil.
Evidentemente el operativo del gobernador, con la sospechosa colaboración de medios locales y nacionales y de autoridades federales, trata de evadir esta responsabilidad.
Así lo perciben varios de nuestros lectores. Uno de ellos, envía un correo electrónico, que supongo no tuvo mi bandeja como único destinatario.
Sin embargo es una muy puntual observación que aporta datos duros de la nromatividad para la operación y suervisión de guarderías.
Dice en el correo, quien dice llamarse Alfonso García, desde su cuenta de correo ponchogarcia73@gmail.com:
Veamos si realmente a las autoridades estatales les interesa cumplir lo que la Ley dice, ya que si se hubiera cumplido con lo que la Ley dispone, el incendio del pasado 5 de junio en la guardería ABC no se hubiera convertido en la tragedia que hoy en día nos tiene tan llenos de coraje e impotencia.
En lo que respecta a la normatividad aplicable a las guarderías del IMSS, llama la atención que se les exige a las empresas que operan las guarderías el que se apeguen a lo que el Programa de Protección Civil del Estado correspondiente les requiera:
7.2.3 Se deberá cumplir con lo determinado en el Programa de Proteccion Civl de cada entidad
7.2.4 El personal de la guardería deberá cumplir con la NOM-093-1994 referente a las prácticas de higiene y sandiad en la preparación de alimentos y personal así como las reglas que a este respecto determine la coordinación de guarderías.
En lo que toca al Reglamento de Protección Civil del Estado de Sonora, vigente, emitido por nuestro tres veces H Gobernador, a continuación se enlistan algunos artículos de ese reglamento que serian interesante conozcamos.
Esta más que claro que es responsabilidad directa del Gobierno estatal supervisar a este tipo de prestadores de servicios en materia de protección civil, ellos otorgan los permisos y tienen la obligación de verificar cada año la vigencia del Programa Interno de Protección Civil, en especial deberían de haberse percatado que junto a la guardería había un inmueble considerado de alto riesgo, de acuerdo a lo que dice el Reglamento, además debería existir un Programa Interno de Protección Civil específico para esta guardería dado que había más de 50 personas laborando o permaneciendo en ella, en dicho documento estarían previstos muchos de los elementos que hicieron falta y provocaron que este incidente se convirtiera en un desastre.
ARTÍCULO 15.- Los Programas Internos de Protección Civil serán aquellos instrumentos de planeación y operación implementados en las edificaciones, establecimientos e inmuebles a que se refiere el artículo 37 de la Ley. La elaboración de los Programas Internos deberá basarse en el establecimiento de medidas y dispositivos de protección, seguridad y autoprotección para el personal, usuarios y bienes, ante la eventualidad de una emergencia, alto riesgo, siniestro o desastre.
Cada Programa Interno se integrará con tres subprogramas:
I.- De prevención, como un conjunto de medidas destinadas a evitar o mitigar el impacto destructivo de un fenómeno de origen natural o humano, sobre la edificación, sus ocupantes y el entorno del inmueble;
ARTÍCULO 16.- Los Programas Internos de Protección Civil deberán:
I.- De acuerdo a los subprogramas de prevención, auxilio y recuperación, deberán contar como mínimo con los elementos siguientes:
a) Subprograma de Prevención: organización, documentación del programa interno, identificación de peligros y análisis de riesgo, directorio e inventario de recursos humanos y materiales, señalización, programas de mantenimiento preventivo y correctivo de todas las instalaciones de las edificaciones, establecimientos e inmuebles, normas de seguridad, equipos y sistemas de seguridad, capacitación y difusión y ejercicios y simulacros;
ARTÍCULO 17.- Los Programas Internos de Protección Civil serán presentados ante la Unidad Estatal, para la dictaminación y autorización respectiva de la misma, previa acreditación del pago de los derechos establecidos en la Ley de Hacienda del Estado de Sonora.
¿Les cabe alguna duda de quién es la autoridad responsable de la supervisión en esta materia?
ARTÍCULO 22.- Para los efectos del artículo 37 de la Ley, se entenderá que tiene capacidad de afluencia masiva cualquier inmueble o edificación que por sus dimensiones pueda recibir o contener a cincuenta o más personas o que en el mismo, durante un periodo de veinticuatro horas circule ese mismo número de individuos, en donde se incluirán las personas que trabajen en el lugar. También se entenderá que tienen afluencia masiva los conjuntos habitacionales que tengan la capacidad de alojar a 5 o más familias.
ARTÍCULO 51.- Se considerarán como instalaciones, áreas y ocupaciones de alto riesgo, aquellas en las que se:
I.- Almacenen o distribuyan gases o líquidos inflamables o combustibles;
II.- Almacenen, fabriquen o utilicen artificios pirotécnicos o materiales explosivos;
III.- Potabilice agua utilizando gas cloro; y
IV.- Almacenen, procesen, utilicen o distribuyan sustancias o materiales peligrosos, en cantidad tal que generen un alto riesgo para la población, sus propiedades, la infraestructura pública o el medio ambiente.
CAPÍTULO XI
DE LA INSPECCIÓN, CONTROL Y VIGILANCIA
ARTÍCULO 54.- En cuanto a inspección, control y vigilancia corresponderá a la Unidad Estatal:
II.- Promover las medidas correctivas, de seguridad y las demás acciones preventivas que sean necesarias para garantizar la integridad personal de ocupantes y usuarios de edificios o instalaciones que, por su clasificación de alto riesgo o por su ocupación masiva, puedan afectar a un importante sector de la población en una emergencia;
ARTÍCULO 55.- La Unidad Estatal podrá efectuar las inspecciones siempre que lo considere necesario, vigilando el cumplimiento de las medidas preventivas y de seguridad requeridas para eliminar o mitigar los riesgos.
Con esta información podemos entender que Protección Civil del Estado, al menos en su última revisión, no debería haber avalado el que esta guardería siguiera operando en las condiciones de riesgo que provocaron que algo que pudiera haber sido solo un accidente se convirtiera en la tragedia que hoy nos enluta.
Como sonorense me da mucho coraje que no solo no acepten su responsabilidad, sino que además nos están intimidando a todos los que sabemos de estos asuntos para que nos callemos y dejemos que los medios de comunicación hagan olvidar los hechos, siento que están matando a esas criaturas inocentes dos veces, que poca abuela.
El texto es largo y quizá resulte árido para quienes no tenemos experiencia de abogados.
Sin embargo decidimos publicar íntegro el mismo, porque al margen de la autenticidad del titular de la cuenta de correo, verificando el mismo con amigos abogados, encontramos su correcta razón jurídica.
La síntesis de todo esto sería: del gobierno de Eduardo Bours es la responsabilidad de la correcta operación de guarderías, la unidad municipal d eprotecicón civil es un simple coadyuvante.
Pero veamos otros elementos que nos dicen que Bours quiere evadirse de esta responsabilidad y con toda perversidad cargarle las culpas a otros.
Lo del ayuntamiento ha sido más que obvio y ya Ernesto Gándara salió a precisar como están las cosas.
Pero también es obvio que las autoridades federales algo están ahciendo para que no les caiga la papa caliente.
Ayer jueves conocimos la noticia de la destitución del delegado del IMSS en Sonora, Arturo Leyva Lizárraga.
Por supuesto que el grupo de Los Alineados, medios controlados por el gobierno estatal, le dieorn vuelo a la noticia.
Se alegraron de esta disposición del director general del IMSS e infirieron que la culpa la estaba cargando la dependencia federal.
Sin embargo se olvidaron de hacerse varias preguntas:
1.- ¿Cuál fue la responsabilidad del ex delegado, es decir, por qué lo corrieron?.
Suponemos que los motivos tendrán que ver con la posibilidad de que esté configurado el delito de corrupción, negligencia y lo que resulte.
2.- Si hubo corrupción o ngeligencia ¿Quiénes corrompieron, a quién y en que puntos los inspectores del IMSS se hicieron de la vista gorda para no multarlos y dejarles operar la guardería?
3.- ¿Habrá entonces cargos de cohecho en contra de los dueños de la guardería y esta sería la primer posibilidad de ver que alguno de ellos resulte responsable judicialmente hablando?.
Insistimos en que no es tampoco la intención de este espacio el condenar a los dueños por este lamentable accidente. Sin embargo todo hace indicar que hubo negligencia, que hubo corrupción y que hay responsabilidad de ellos y alguien los está protegiendo. Porque hasta el momento, la intención es la de hacer creer al público que son la federación y el municipio donde esta la bronca, cuando de origen, la misma está en el estado.
LAVADERO
1.- Ya me dijeron quién es el famoso kanky Valenzuela. . . se trata de Francisco Javierr Valenzuela Moreno y es quien sustituyó a Flor Ayala en el DIF estatal. . . él es quien hizo perdedizas tarjetas telefónicas con valor de 25 mil pesos que debieron ser usadas para apoyar a los padres de familia de los niños víctimas de la tragedia en la guardería ABC yque están hospitalizados en Guadalajara.
2.- Emilio Gamboa, líder der la Cámara de Diputados ya dijo claro: el PRI no arropará a Bours. . . el político priista está convencido que todo se debe investigar y se deben tomar las medidas necesarias. . . además, cómo arropar a un gobernador al que condenaron en una marcha que no fue silenciosa, más de 10 mil personas que le gritaron de todo a las mismas puertas de palacio de gobierno.
3.- En Agua Prieta son históricos ya los debates que está organizando la televisora APSON TV. . . la semana pasada hubo uno entre candidatos a diputado local, que dicen ganó Antonio Cuadras. . . ayer jueves se celebró el de candidatos a presidente municipal. . . el chou lo dieron Nahum Acosta y Omar Noriega, porque no pudieron proponer nada, salvo linchar a las actuales autoridades. . . Angélica Badilla del PT les puso un cuete en salva sea la parte cuando les exigió fueran hombrecitos y propusieran ideas, no grillas. . . Luis Ozuna del PAN, nomás no tiene cómo, salvo el partido al que pertenece. . . Héctor Durazo es evidentemente el candidato con más hechuras de presidente municipal y los datos estadísticos dicen que es por ahí. . . había otro candidato, pero le sacó al bulto. . . le tiene miedo a las mujeres.
CARPE DIEM
lacolumnadeviveros@yahoo.com.mx